REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 25 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-2003-000039
ASUNTO: RL11-P-2003-000039

AUTO DE NUEVO CÓMPUTO

Revisada la presente causa signada con el N° RL11-P-2003-000039, seguida al penado, Evelio Jose Bello Romero, hágase Nuevo Computo, del tiempo de la pena que ha cumplido, de conformidad con el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, evidenciándose en la presente causa, que el referido penado fue sentenciado a cumplir la pena de Seis (6) Años, Nueve (9) Meses, y Veintisiete (27), Dias, de Presidio, Por la comisión de los Delito, de Homicidio Intencional Simple en Grado de Frustracion, que esta detenido desde el día 11/09/2002, hasta la Presente Fecha, 25-10-2004. tiene, Dos (2) Año, Un (1) Mes y Catorce (14) Dias, lo que sumado al tiempo de redención por el Trabajo y Estudio o sea, Diez (10) Meses, Veinte (20) Dias y Doce (12), Horas, Resultando un tiempo de pena cumplida de Tres (3) Años, Cuatro (4) Dias, y Doce (12) Horas, faltándole por cumplir, Tres (3), Años, Nueve (9) Meses y Veintiseis (26) Dias y Doce (12) Horas, que vencera el Dia 17-09-2.008. a las 12, pm. las dos, terceras,(2/3) Partes de la pena las cumple en fecha 08-06/2006, a la 12:00, pm, las (¾) tres cuartas partes de la pena la cumplen, el 03-01-2007, a las 06:00,pm, Las penas establecidas en el artículo 13 del Código Penal como Accesorias a las de presidio que le han sido impuesta son: 1°.- La Interdicción Civil y la Inhabilitación Política durante el tiempo que dure la pena; 2°.- La Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, por una Cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, que vencerá el día 01/06/2010. a las 06: 00 pm, Hágase las participaciones, y Remitase copia, a la Direccion del Internado Judicial de Carupano al Fiscal Primero de Ejecucion de Sentencia y a la Defensa.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION.

ABG. JESUS ARMANDO RIVERA
LA SECRETARIA.

ABOG. RORAIMA ORTIZ