REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL

Carúpano, 20 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-004622
ASUNTO: RP11-S-2004-004622


SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD.

Esta Juzgadora pasa a decidir despues de haber oído lo expuesto por el Representante del Ministerio público, lo declarado por el imputado, y por la Victima, y lo solicitado por la defensa y analizadas como han sido las actas procesales que integran la presente causa, este Tribunal Quinto de Control del segundo circuito Judicial del Estado Sucre Aministrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el imputado Pablo Moisés López Lezama, Venezolano, natural de caracas, de 24 años de edad, nacido en fecha 05-03-80, residenciado en Santa Teresa del Tuy , Urb. Cantanal, sector N° 1, casa N° 8, Estado Miranda. Pueblo Viejo de Yoco Sector el Alto de Yoco, Casa S/N, hijo de Pablo López y de Maria Lezama, de profesión u oficio Colector, titular de la Cedula de Identidad N° 14.142.339, en virtud de encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del hoy Occiso: Jesús Troncoso, debiéndose presentar cada Quince (15) días por un lapso de seis (06) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito judicial Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Asi mismo se acuerda acumular las causas N° RP11-S-2003- 665 y RP11-S-2004- 4622, en virtud de que las mismas guardan relación entre si, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 66 del Código Organico Procesal Penal.. Líbrese oficio al Comandante de policía de este Municipio, junto con Boleta de Libertad, y oficio a la unidad de Alguacilazgo.de este Circuito Judicial Penal, a los fines de las presentaciones del referido imputado. Es todo terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Quinto de Control

Abg. Ysmenia Fernández H.

El Secretario.
Abg. Ignacio López