REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

Carúpano, 18 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-004451
ASUNTO: RP11-S-2004-004451


Visto el escrito presentado por la ABG.LINDA MONTERO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a éste Tribunal, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a HUMBERTO JOSE RIVAS CARREÑO, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 DEL CODIGO PENAL, en perjuicio de ANA LILIBETH HERNANDEZ SANCHEZ, hecho ocurrido en fecha 28-05-2002, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3° y 48 ordinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 108 ordinal 6 del Código Penal, en virtud de que la acción penal se encuentra prescrita.

Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° en concordancia con el articulo 48 ordinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal y 108 Ordinal 6° del Código Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión, remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense Notificaciones.
La Juez Cuarta de Control,


Abg. Lourdes Salazar Salazar.-
La Secretaria


Abg. Roraima Ortiz.