CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 27 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000128
ASUNTO: RP11-P-2004-000128
SENTENCIA DEFINITIVA POR ADMISION DE LOS HECHOS
Verificada la Audiencia Preliminar,el día de hoy 27-10-2004, este Tribunal pasa a decidir: Oído lo expuesto por el Fiscal del Ministerio Público, lo declarado en sala y lo alegado por la defensa, Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre-Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Admite totalmente la acusación fiscal, así como las pruebas promovidas y en consecuencia, condena al acusado , Juan Carlos Reinosa, quien es venezolano, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.318.045, nacido en fecha: 03-01-85, soltero, Residenciado en el Barrio la Antena, casa sin número, Guiria. Municipio Valdez, Estado sucre, por la comision del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el articulo 408, ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Antonio José Carmona Ovando, a cumplir la pena de 15 años de presidio mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del código penal, todo de conformidad con lo establecido el articulo 408, ordinal 1°, 37 y 74 del Código penal y articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, no aplicándose la rebaja del 376, en virtud que hubo violencia contra la persona. Se establece como centro de reclusión el que señale el Tribunal de Ejecución en su debida oportunidad, Se deja constancia que el acusado se encuentra actualmente en el internado Judicial de esta ciudad. Remítase las presentes actuaciones al tribunal de ejecución una vez transcurrido el lapso legal para ejercer el recurso de Apelación. Se acuerda las copias simples a las partes.
La Juez Tercero de Control
Abg. Yaunis Villegas
La Secretaria de Sala
Abg. Wendy Valerio M.
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