Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 18 de Septiembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-004511
ASUNTO: RP11-S-2004-004511
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por la Abg. GABRIELA ELENA FLORES ELIAS, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, mediante el cual solicita a éste Tribunal Tercero de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el N° RP11-S-2004-004511, seguida en contra de JOSE ALBERTO VALLEJO MARAY, EDGAR ALEXANDER KIENZLERY FRANCISCO MARCANO LEZAMA, por la comisión de un hecho típico y antijuridico de los previstos en la ley de Regimen Penitenciario, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no existen bases para solicitar el enjuiciamiento del imputado.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por cuanto a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no existen bases para solicitar el enjuiciamiento del imputado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Juez Tercero de Control
Abg. Yaunis Villegas Verde
La Secretaria
Abg. Denis Regnault
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