CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 19 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-1999-000059
ASUNTO: RJ11-P-1999-000059
Cocluido el desarrollo de la presente audiencia en la que la fiscal del ministerio publico solicito se emitiera el pronunciamiento correspondiente, en virtud de haber constatado el cumplimiento de las condiciones impuestas al imputado Juan Carlos Velasquez con ocasión a la suspensión condicional del proceso decretada en fecha 08-10-1999; donde la defensa se adhirio a la solicitud fiscal pidiendo se declarara la extincion de la accion penal y el sobreseimiento de la causa a favor de su representado;este tribunal pasa a dictar su decisión en los siguientes terminos:
PROCEDENCIA DE LO SOLICITADO
De la revision de la causa se evidencia que por auto de fecha 08-10-1999, el tribunal primero de control, entonces a cargo de la Abg; Carmen Marcela Chang, decretó en favor del imputado Juan Carlos Velasquez Caraballo, la suspensión condicional del proceso, imponiendo como fundamental condicion la presentacion cada 30 dias por un lapso de 2 años; se ha podido verificar en esta sala que al folio 42 del libro de control de presentaciones llevado por el Alguacilazgo aparecen registradas un total de 24 presentaciones comprendidas entre los dias 08-11-99 al 08-12-2001, ambos inclusive, a nombre de Juan Carlos Velasquez Caraballo cedula de identidad N° 9.452.937, por lo que considera este tribunal que el referido ciudadano cumplió satisfactoriamente con el regimen de pruebas impuesto, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 48 Ordinal Septimo del CódigoOrgánico Procesal Penal. se declara la extincion de la accion penal seguida en su contra y consecuencialmente de conformidad con lo previsto en el articulo 45 en relacion con el 318 ordinal tercero se decreta el Sobreseimiento de la presente causa.Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento en la presente causa seguida contra el ciudadano Juan Carlos Velasquez, titular de la cédula de identidad Nº 9.452.937, de 36 años de edad, nacido en fecha 02-10--68, hijo de Maria del Valle Caraballo y Pedro Velasquez, residenciado en el Calle el Calvario , casa N°122, de Carúpano Municipio Bermudez del Estado Sucre, por el delito de lesiones Personsles Gravisimas, previstas en el articulo 416 del Codigo Penal en perjuicio de Noél José Subero Martinez , todo de conformidad con lo previsto en el articulo 45 en relacion con el 318 ordinal tercero ambos del Codigo Orgánico Procesal Penal. Se acuerda remitir las presentes actuaciones en la oportunidad legal correspondiente a la fase de Ejecución de este Circuito Judicial Penal a los fines legales consiguientes.
El Juez Primero de Control
Abg. Luis Mariano Marsella
La Secretaria
Abg. Carmen Milano
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