REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelación Penal – Cumaná
Cumana, 04 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO: RP01-R-2004-000158
JUEZ PONENTE: Cecilia Yaselli Figueredo
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada CRISTINA MIJARES, Venezolana, mayor de edad, en su carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, contra Sentencia Definitiva, publicada en fecha 24 de Agosto de 2004, mediante el cual el Tribunal Segundo de Juicio ABSOLVIO al acusado HERNAN JESUS ZABALA de la Acusación que en su oportunidad le formulara el Ministerio Público.-
En consecuencia de lo anterior, se distribuyó de manera automática las presentes actuaciones, correspondiendo la ponencia de la misma a la Jueza Superior, Cecilia Yaselli Figueredo, quien con tal carácter suscribe la presente decisión, y quien previa a la misma considera procedente hacer las consideraciones siguientes:
DE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO
Leído y analizado el escrito contentivo de la fundamentación del presente recurso de apelación, el cual el recurrente lo sustentan en los Artículos 432, 45 y 452 Ordinal 4° todos del Código Orgánico Procesal Penal.- De igual manera se evidencia de las actuaciones recibidas en esta alzada, la certificación expedida por la secretaría del juzgado A Quo, a los fines de poder determinar que ciertamente dicho recurso se interpuso dentro del lapso legal establecido, de conformidad al artículo 453 ejusdem.
De manera que el presente recurso, no se encuentra dentro de las causales de inadmisiblidad establecidos en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia esta Corte considera procedente declarar su ADMISION, y así se declara.-
Por otra parte de conformidad a lo pautado en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija como oportunidad para que tenga lugar la audiencia oral el OCTAVO DIA, a las 10:00 horas de la mañana, verificado como sea en autos las notificaciones previas de las partes. Y así se decide.-
D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada CRISTINA MIJARES, Venezolana, mayor de edad, en su carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, contra Sentencia Definitiva, publicada en fecha 24 de Agosto de 2004, mediante el cual el Tribunal Segundo de Juicio ABSOLVIO al acusado HERNAN JESUS ZABALA de la Acusación que en su oportunidad le formulara el Ministerio Público. SEGUNDO: Se fija de conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal penal, el OCTAVO día hábil, a las 10:00 de la mañana para que tenga lugar la Audiencia Oral en la presente causa, verificadas como sean en autos las notificaciones de las partes.-
Notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.
El Jueza Presidente ( ponente ),
Dra. Cecilia Yaselli Figueredo
La Jueza Superior
Dra. Carmen Belén Guarata A.
La Jueza Superior,
Dra. Yeannete Conde Luzardo
El Secretario,
Abg. Gilberto Figuera.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.-
El Secretario,
Abg. Gilberto Figuera.
CYF/mys.