REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 26 de octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO Nº: RP01-R-2004-000161

Ponente: YEANNETE CONDE LUZARDO


Visto el recurso de apelación interpuesto por la abogada ESLENY MUÑOZ VÁSQUEZ, actuando con el carácter de Fiscala Segunda Auxiliar del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contra la decisión dictada en fecha 01 de octubre de 2004, por el Juzgado Quinto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, sede Cumaná , mediante la cual otorgó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al imputado ANGEL DE JESÚS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 460, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CRUZ SALMERÓN ACOSTA. Designada como ha sido la Jueza Superior Ponente, quien con tal carácter suscribe el presente fallo, para decidir sobre su Admisibilidad esta Corte hace las siguientes consideraciones:


Establece el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal que las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y los casos expresamente establecidos. Al analizar el contenido del recurso de apelación interpuesto por la Fiscala Segunda del Ministerio Público, se puede observar que sustenta su escrito de apelación en las previsiones legales establecidas en el artículo 447 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de considerar que la decisión recurrida, no está ajustada a derecho y solicita se decrete la privación judicial preventiva de libertad del imputado Ángel de Jesús Rodríguez Rodríguez. Analizado el Recurso planteado, esta Corte considera que el mismo es Admisible y así se declara.


En segundo lugar considera esta Corte que no es necesario para decidir sobre el recurso fijar audiencia oral, toda vez que en las actas, que en copias certificadas se acompañan, existen suficientes elementos para formar criterio y así se decide.-

D E C I S I Ó N


Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Se ADMITE el Recurso de apelación interpuesto por la abogada ESLENY MUÑOZ VÁSQUEZ, actuando con el carácter de Fiscala Segunda Auxiliar del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contra la decisión dictada en fecha 01 de octubre de 2004, por el Juzgado Quinto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, sede Cumaná , mediante la cual otorgó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al imputado ANGEL DE JESÚS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 460, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CRUZ SALMERÓN ACOSTA. Todo de conformidad con las previsiones de los artículos 433, 447 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Publíquese, regístrese y decídase en su oportunidad legal.-

La Jueza Presidente,

Dra. CECILIA YASELLI FIGUEREDO

La Jueza Superior (ponente)

Dra. YEANNETE CONDE LUZARDO

La Jueza Superior,

Dra. CARMEN BELEN GUARATA ALFARO

El Secretario,


Abg. GILBERTO FIGUERA


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.


El Secretario,

Abg. GILBERTO FIGUERA











YCL/msm.-