LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
Carúpano, 08 de Noviembre 2.004
194º y 145º
Visto el escrito de Transacción suscrita por el demandado ciudadano AITOR PONTESTA VIÑOLES, asistido del abogado en ejercicio Jacobo Rodríguez, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 479, y por la parte demandante ciudadano JOSE JESUS RAMIREZ, abogado en ejercicio, e inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 100.171, se ordena agregarlo a los autos lo que se cumple en este mismo acto, asimismo este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos por ellos en el presente juicio, en consecuencia éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción presentada de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, e igualmente se acuerda expedir las copias simples solicitadas.- Así se decide.
El Juez Temporal,

Abg. Samer Romhain.
La Secretaria,

Francis Vargas.

SR-rbg.
Exp. N° 14.828.