Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito del Trabajo Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Carúpano, 08 de Noviembre del 2004
194° y 145°
Vista la Dación en pago propuesta por el ciudadano HUMBERTO ROJAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.948.167, de este domicilio, debidamente asistido de la abogado en ejercicio y de este domicilio Nogrisley Rojas de Hernández, e inscrita en el I.P.S.A bajo los N° 93.337, y vista igualmente la aceptación formulada por el ciudadano Luis Enrique Milano, Venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.402. Este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa dicha dación en pago en los mismos términos expuesto por ellos, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. Asimismo expídase por secretaría las copias certificada solicitada.
El Juez Temp.
Dr. Samer Romhain
La Secretaria
Francis Vargas Campos
Exp. N° 14721
SR/gb
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