REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMUDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

Carúpano, 03 de Noviembre de 2004.-
194° y 145°

Vista la anterior diligencia suscrita por las partes intervinientes en el presente juicio, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le correspondiente imparte la homologación a dicho Convencimiento de de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En tal sentido, se declara suspendida la Medida Preventiva de Embargo, decretada por este Juzgado en fecha 31 de Agosto de 2004, y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Siete (07) de Septiembre del Dos Mil Cuatro (2.004), sobre un vehículo propiedad del demandado, Clase: Camioneta, Marca: Chevrolet, Modelo: Grand Blazer 4X4, Placas: YBX-038, , Color: Blanco, Tipo: Sport Wagon, Año: 1.993, Serial de Carrocería: KC1K5RPV320443, Serial Motor: KPV320443, Uso: Particular, y se acuerda oficiar al “Estacionamiento Sucre”,en la persona del Ciudadano: WILLIAN JOSE MARIN, en su carácter de Depositario Judicial de dicho bien, a los fines que haga entrega del bien embargado a la Abogada ELVIRA GOITIA, en su carácter de Endosataria en Procuración del Ciudadano JOSE LUIS HIGUEREY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68.939.- Asimismo, se deja sin efecto la Demanda y se ordena el archivo del Expediente.- Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. MIGUEL ANGEL CORDERO.-

LA SECRETARIA,
T.S.U. ODALYS CASTILLO ROJAS.-






NO………………….


TA: Se libró oficio N° 681 al “Estacionamiento Sucre”, conforme a lo ordenado en el auto anterior y se archivó el Expediente constante de Once (11) folios útiles el Cuaderno Principal y Dieciséis (16) folios útiles el Cuaderno de Medidas.- Conste.-


LA SECRETARIA,
T.S.U. ODALYS CASTILLO ROJAS.-








EXP. N° 4.667.-
MAC/OCR/ab.-