REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 17 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-1999-000030
ASUNTO: RL11-P-1999-000030


AUTO DE NUEVO COMPUTO


Revisada la presente causa signada con el N° RL11-P-1999-000030, seguida al penado MANUEL DEL JESUS FREITES PALOMO, hágase NUEVO COMPUTO, del tiempo de la pena que ha cumplido, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, evidenciándose de la presente causa que el referido penado fue sentenciado a cumplir la pena de SIETE (7) AÑOS, UN (1) MES, VEITITRES (23) DÍAS Y OCHO HORAS DE PRESIDIO, por la Comisión de los delitos de VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA Y RAPTO AGRAVADO, que está detenido desde el día 13-04-1995, hasta el día 02-05-1995, y en fecha 19-06-2000, se le decreto Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, y nuevamente detenido desde el día 25-10-2001, hasta la presente fecha 17-11-2004, tiene CUATRO (4) AÑOS, SEIS (6) MESES Y CUATRO (4) DIAS, que sumado el tiempo redimido por el trabajo y estudio, o sea. ONCE (11) MESES Y TRECE (13) DIAS, tiene un total de pena cumplida es decir CINCO (5) AÑOS CINCO (5) MESES Y DIECISIETE (17) DÍAS faltándole por cumplir UN (1) AÑO, OCHO (8) MESES, SEIS (6) DÍAS Y OCHO (8) HORAS, que vencerá el día 23-07-2006, a las 8:00 am, las 2/3 partes las cumple en fecha 19-03-2004, a las 04:00 pm, las ¾ partes las cumple el día 24-10-2004 a las 02:00 am, las penas establecidas en el Artículo 13 del Código Penal como accesorias a la de presidio que le han sido impuestas al penado son 1.) La interdicción civil durante el tiempo de la pena. 2.) la inhabilitación política mientras dure la pena.3.) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que esta termine hágase las participaciones y remítase copia a la Dirección del Internado Judicial de Carúpano, al Fiscal Primero de Ejecución en Sentencia y a la defensa.- Cúmplase.
Juez Segundo de Ejecución.

ABG. INES MARGARITA GOMEZ GUZMAN

9La Secretaria

ABG. MARY NELLYS VILLARROEL.