Tribunal Segundo de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 01 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-003691
ASUNTO: RP11-S-2004-003691


SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO

Visto el escrito presentado por la Abg. CRISTINA MIJARES , en su carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público, mediante el cual solicita a éste Tribunal Segundo de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el N° RP11-S-2004-003691, seguida en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS , por la comisión del delito de CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de ISMINIO JESÚS MILLAN, hecho ocurrido en fecha 26-05-01, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en virtud de que el hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Juez Segundo de Control

Abg. Maira Belisario
La Secretaria
Abg.Yllestey Rincones