Revisadas las presentes actuaciones referidas al sancionado:XXXXXX, mediante la cual se se evidencia que el mismo se encuentra evadido, Es por lo que éste Tribunal de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda su ubicación y captura y en consecuencia, acuerda librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a fin que ubique y capture al sancionado y lo tralade al Internado Judicial de ésta ciudad en razón que el mismo actualmente es mayor de edad. Líbrese Oficio. Así se decide. Cúmplase.
La Juez de Ejecución,


Dra. Ayskel Martinez de Muñoz

El Secretario,

Abg. Carlos González

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario,

Abg. Carlos González