ASUNTO PRINCIPAL 	: RP01-D-2004-000090
 
ASUNTO 			: RP01-D-2004-000090
 
 
 
     Visto el escrito de solicitud  de Medida de Protección recibido el día 10-11-04, interpuesto por el  Dr. Luis Antonio Garreta Avila, en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público,  a favor de la victima xxxxxxxxx,  títular de la Cedula de Identidad N° 8.640.628, este tribunal segundo de Control de la Sección de Adolescentes antes de decidir observa:……………………………………………………..........................................
 
A)Que en fecha 9-11-2004,  se presentarón  los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxi, ante la unidad de Atención a la Victima  del Ministerio Público manifestando la esposa de la victima lo  siguiente: " M i esposo xxxxxxxxx, es victima en la causa penal quese le sigue a los adolescentes xxxxxxxxxxx... QUIENES SE ENCUENTRAN PRIVADOS DE SU LIBERTAD DESDE EL DÍA DE LOS HECHOS... pero es caso que el día..4...se presentaron a mi casa...los padres de xxxxxxxxxxxxxx, que son de xxxxx, manifestando que se ofrecían a  pagar los gastos de médicina y médico a raiz de laas lesiones que su hijo le ocasionó a mi esposo y pagar el valor de las prendas, ..le dije que se marcharan ...entoncés ...la mujer... nos amenazó con que si a su hijo lo condenaban me iba a arrepentir, posteriomente...en horas de la noche, empezaron a realizar llamadas a mi caasa ofensivas y amenazantes, me decían que no me presentara a ningún lado ni que mi esposo acudiera a declrar, que sbían la la hora en que mis hijos van y salen de la escuela, también se han presentado en la casa de mi suegro que fue donde ocurrió el hecho y en la casa de mi  cuñado xxxxxxxxxx..., temo por la seguridad  y la vida de mi esposo y la de mi familia porque la audiencia preliminar se encuentra fijada para el día 12 ....para que se nos proteja el día de la audiencia..." Hecho corroborado  según entrevista realizada al ciudadno xxxxxxx, anexa a la solicitud.  
 
 B) Que es derecho de las  victimas  solicitar protección cuando se sienta amenazada o agredida por haber denunciado un hecho punible.
 
C) Que es obligación del Estado venezolano proteger a las victimas de hechos punibles……………………………………………………………………………….
 
En consecuencia este Tribunal segundo de Control  de Adolescentes acuerda decretar con caracter de urgencia medida de protección a favor del ciudadano xxxxxxxxxxxx, la cual consiste en:
 
1.- Oficiar al Comandante General de la Policía del estado Sucre a los fines que imparta instrucciones para que funcionarios policiales  custodia a la victima , durante su permanencia en este Estado el día 12 de los coorrientes, fecha en que está fihada la reañización de la Adiencia Preliminar, toda vez que a partir de las 8:00 am la victima se encontrara en la sede de la Unidad de Protección a la victima de la Fiscalía  Superior.
 
   Todo de conformidad con el  artículo 662 literal c de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.Es  todo, remitase dirigido al Comandante de la Policia del estado Sucre. Librese Boleta de Notificación a la victima y a la Fiscalïa superior del Ministerio Público.
 
LA JUEZ
 
Abg. Yomari Figueras                                                 LA  SECRETARIA
 
                                                                             Abg. Milagros Ramírez 
 
En esta misma fecha se dió cumplimiento a lo ordenado.
 
                                                                                    LA  SECRETARIA
 
                                                                              Abg. Milagros Ramírez .
 
 
 
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