REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2004-008349
ASUNTO : RP01-S-2004-008349
Vista y analizada la solicitud presentada por los Abogados EDURD ALEJANDRO POHL MARTINEZ Y MIGUEL AUGUSTO FRANK BARRIOS defensores de los Imputados SAMIR JOSÉ RODRIGUEZ FUENTES Y GILBERTO JOSÉ PATIÑO CEDEÑO, donde solicitan se acuerde una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA MENOS GRAVOSA a su representado SAMIR JOSÉ RODRIGUEZ FUENTES, consagrada en el articulo 256 en su ordinal octavo del Código Orgánico Procesal Penal.
En virtud de lo antes expuesto se resuelve que como no ha sido desvirtuado por parte de la defensa el peligro de fuga y siendo imperativo para este Tribunal la búsqueda de la verdad para el total esclarecimiento de los hechos, sujetándose ante todo a lo ordenado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Código Orgánico Procesal Penal y demás leyes que regulan nuestras actuaciones y que son el norte que nos guían y con el fiel el cumplimiento de los requerimientos de las partes en el proceso siempre y cuando los mismos sean ajustados a la ley y respetando el derecho que los asiste es por lo que este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: SE NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA Y EN SU DEFECTO SE MANTIENE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTA para el Imputado, SAMIR JOSÉ RODRÍGUEZ FUENTES, venezolano, mayor de edad, profesión u oficio militar, comando regional 7, 1era Compañía, Pto La Cruz, Estado Anzoátegui, de 34 años, soltero, titular de la cédula de identidad No. 10.465.835, residenciado en: Sector Fe y Alegría, sector 3, vereda 13, casa n° 04, Cumaná, y así se decide. Notifíquese a las partes sobre esta decisión de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS.
La Secretaria
Abg. Yamilet Delgado
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
La Secretaria
Abg. Yamilet Delgado