REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL


Visto el escrito de solicitud presentado por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Dr. Luis Antonio Garreta Ávila en donde le solicita a este Tribunal Medida de Protección a favor de la ciudadana: LESHUI MERCEDES MISSE y su núcleo familiar a fin de garantizarle su integridad física, todo debido a que la referida ciudadana tiene el temor y miedo ante las constantes amenazas de muerte y hostigamiento de que es objeto por parte de familiares de: Yuleidy Maigua Castañeda imputada en la causa No-19-F2-1116-04 nomenclatura de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público iniciada por la comisión de uno de los delitos Contra Las Personas (Lesiones Personales) y en donde aparece como victima la señalada ciudadana; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado el fundamento de dicha solicitud, considera que son objetivos del proceso penal la protección de la victima, tal y como lo establece los Artículos 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto, teniendo la amenazada antes indicada el pleno derecho a ser protegidas por los Tribunales competentes frente a probables atentados en contra suya y la de su familia y tomando como norte el grado de peligro y temor en que se encuentra la prenombrada ciudadana y su núcleo familiar por el hecho antes descrito; es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Decreta Medida de Protección a favor de la ciudadana: LEISHUI MERCEDES MISSE Venezolana, de 28 años de edad, de profesión u oficio comerciante, soltera, Titular de la Cédula de Identidad No-14.338.073, domiciliaria en Cantarrana, Sector Los Almendrones, casa No-2880 extensivo a su núcleo familiar, consistente en Recorridos Policiales Permanentes y Visitas Domiciliarias por el domicilio de la referida victima, por funcionarios adscritos a la Comandancia General de Policía del Estado Sucre, hasta tanto concluya la investigación en la causa antes indicada todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 83 y 84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, concatenado con los Artículos 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Notificación al Fiscal Superior del Ministerio Público, a la victima: Leishui Mercedes Misse. Líbrese oficio al Comandante General de Policía del Estado Sucre, participándole íntegramente de lo aquí decidido a solicitud del Fiscal Superior del Ministerio Público y de la obligación de hacerla ejecutar de conformidad con lo establecido en el Artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal y remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público causa No-19-F2-1116-04.

El Juez Tercero de Control.

Dr. José Gregorio Morey Arcas.

El Secretario.

Abg. Luis Alfredo Prieto.