REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.






JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO, DEL TRANSITO, TRABAJO Y BANCARIO DEL PRIMER
CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

Cumaná, 10 de Junio de 2.004.-
194° y 145°

Vista la TRANSACCION realizada entre el Ciudadano ROSENDO CARLOS ACOSTA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.826.137, actuando en su carácter de Representante Legal de la Empresa “MICRO R.C.A. LA ACADEMICA, C. A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en fecha 19 de enero de 2.001, bajo el N° 03, Tomo A-04, Primer Trimestre, folios 7 al 11 Vuelto y de este domicilio, parte Demandada en el presente juicio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio MILTON FELCE SALCEDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 21.083 y de este domicilio y la abogada en ejercicio LILIANA FIGUEROA PERDOMO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 54.492 y de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Ciudadana ERIKA QUILARTE, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 12.659.105 tal como se evidencia de Poder Apud-Acta que riela al folio 17 de la presente causa parte Actora, mediante la cual solicitan la Homologación de la misma y se le de fuerza de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 1.718 de nuestra Ley Sustantiva Civil Vigente (Código Civil) y se ordene el archivo del presente expediente, habiéndosele dado cuenta de la misma a la Ciudadana Juez Temporal, y por cuanto se observa que la misma esta ajustada a Derecho, este Tribunal le imparte la homologación correspondiente a los fines de Ley.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. INGRID C. BARRETO LOZADA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. NELLY K. ROACH Z.
EXP. N° 08723.- apdem.-