REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 28 de Junio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-2003-000108
ASUNTO: RJ11-P-2003-000108
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Visto el presente asunto, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 13 de Mayo del año 2004, por el Tribunal Cuarto de Control de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano ALEXANDER JOSE GARCIA CAMPOS, quien es Venezolano mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N ° 17.780.661, a cumplir la pena de NUEVE (9) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 458 del Código Penal. En consecuencia Ejecútese y archívese la mencionada sentencia. Hágase el cómputo de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico procesal Penal.
El penado ALEXANDER JOSE GARCIA CAMPOS, fué detenido el día 06-06-2003, hasta el día 07-06-2003, es decir que estuvo detenido UN (1) Día lo cual le falta por cumplir OCHO (8) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, y como quiera que el penado no ha cumplido la totalidad de la pena impuesta se le insta de que puede hacer uso de alguno de los beneficios correspondiente siempre y cuando llene los requisitos de Ley. En tal sentido se acuerda notificar a las partes y al penado a los fines de que comparezca ante este Tribunal el día 19 de Julio del año en curso a las 2:20 de la tarde con el objeto de imponerlo del auto de ejecución de la pena dictada por éste Tribunal .
La Juez Segudo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada .
La Secretaria
Abg. Yennis Mata