REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

Cumaná, 23 de julio de 2.004.-
194° y 145°


EXPEDIENTE NRO. 08761.-

MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.



Visto el CONVENIMIENTO anterior de fecha 19 de Julo de 2.004, realizada por ambas partes en el presente Juicio, lo cual consta en ACTA levantada por el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, y que corre a los folios que van del Catorce (14) al Veinte (20) del CUADERNO DE MEDIDAS; y por cuanto se observa que el mismo, está ajustado a derecho y los que realizan el referido Convenimiento, poseen capacidad procesal para ejercer la potestad de realizar el Convenimiento, ejerciendo así sus derechos de dar por terminado el procedimiento, así como capacidad Jurídica para disponer del objeto que versa la controversia, es decir, sobre derechos disponibles, no resultando violado el orden público ni las buenas costumbres, este Tribunal SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, TRABAJO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil vigente, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente al Convenimiento realizado.- Asimismo, y por cuanto de autos se observa que hasta la presente fecha, el Demandado no ha dado cumplimiento al referido Convenimiento, declarará terminado el presente juicio, una vez el Demandado haya cumplido con esa obligación y precluido el lapso para ejercer los recursos correspondientes, se ordenará el archivo del Expediente.-
LA JUEZ TEMPORAL;
DRA. INGRID C. BARRETO LOZADA;
LA SECRETARIA TEMPORAL;
ABOG. NELLY KATIUSKA ROACH ZURITA;
ICBL/LFdeM.