En el día de hoy veinte y nueve de julio de dos mil cuatro, siendo las once y treinta minutos antes-meridiem, se traslado el Tribunal, en compañía de la Abogada en ejercicio Carmen Teresa Marchan, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.503, apoderada judicial de la parte actora, en la Carretera Cariaco – Los cachicatos, los funcionarios policiales ciudadanos: Sargento primero Eulogio Díaz, Cabo primero José Alagare y Distinguido Luis Felipe Vallejo, titulares de las cédulas de identidad números 8.448.907, 7.289.985 y 9.975.122, el perito avaluador a la ciudadana Elisa María Velásquez, depositario judicial ciudadano Héctor Luis Sánchez Rodríguez, mayores de edad, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad números 13.295.866 y 4.301.083, quienes estando presente aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. Seguidamente toma la palabra la Juez quien expone: llegando a la Empresa Medregal Village C.A., le preguntamos a vecinos del sector a que Municipio pertenecía dicha Empresa y los mismos nos manifestaron que pertenecía al Municipio Cruz Salmeron Acosta, en virtud de ello y revisando una copia del Registro Mercantil de la Empresa Medregal Village C.A., nos dimos cuenta que efectivamente pertenecían al Municipio arriba nombrado y en tal virtud este Tribunal regresa a su sede a objeto de remitir la presente comisión en vista de que no es competencia de este juzgado. Es todo. Toma la palabra la Abogada Carmen Teresa Marchan, quien expone: me designe correo Especial a los fines de consignar la presente comisión al Tribunal de la causa. Es todo. Este Tribunal vista la solicitud de la parte actora la designa en conformidad, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Prov., (fdo) ilegible Dra. Reina Marlene Quintero Pimentel, Parte Actora, (fdo) ilegible Abg. Carmen Teresa Marchan, Los funcionarios Policiales, (fdos) ilegibles Sargento primero Eulogio Díaz, Cabo primero José Alagare y Distinguido Luis Felipe Vallejo, Perito Avaluador, (fdo) ilegible Elisa María Velásquez, Depositario Judicial, (fdo) ilegible Héctor Luis Sánchez Rodríguez, La secretaria, (fdo) ilegible Lelis Arriojas.-