REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 15 de Julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-2001-000015
ASUNTO: RL11-P-2001-000015


AUTO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO


Recibido el Oficio N° UTASP-5-359-04. emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario con sede en esta Ciudad, mediante el cual remite Informe Evaluativo y Recaudos correspondientes al Penado FRANCISCO JAVIER OLIVERO , quien es venezolano, mayor de Edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.730.088, Soltero, de Profesión Peluquero, Hijo de JUAN GARCIA Y ROSA EUGENIA RIVAS, y domiciliado en el Barrio 22. de Agosto Cruce con Calle el Taparo con Calle el Almendrón, Casa s/n, San Martín Carúpano Estado Sucre y visto el Pronóstico Favorable, arrojado por la Evaluación Psicológica respecto de la aptitud de dicho penado para incorporarse a la Formula de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo, éste Tribunal Primero de Ejecución para decidir observa:
El Penado FRANCISCO JAVIER OLIVERO, fue condenado a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS DE PRESIDIO , por la comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA , previstos y sancionado en los artículo 407 en Concordancia con el 80 Ordinal 2° y 278, todos, del Código Penal, en Perjuicio de la Ciudadana, EDUVIGIS MARGARITA GUEVARA , constando en autos que esta detenido desde el día 23/08/2001, hasta el día de hoy 15-07-2004) tiene un Total de pena cumplida de Tres (3) Años , Nueve (9) Meses, Veintidós (22) días, teniendo en cuenta tanto el tiempo de reclusión efectiva, como el tiempo que le fuera redimido por el Trabajo Penitenciario, tiempo este que excede de la Cuarta (1/4) Parte de la Pena impuesta. Igualmente consta en autos (Folio165) que dicho penado no posee Antecedentes Penales previos.-
Asimismo consta en la presente causa Oferta de Trabajo hecha al referido penado y en consecuencia, a juicio de quien decide, se encuentran llenos los requisitos exigidos por los artículos 64, 65, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, para otorgar la Formula de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo.-
Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con lo previsto en los artículos 64, 65, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EN FAVOR DEL PENADO FRANCISCO JAVIER OLIVERO RIVAS , anteriormente identificado, la Formula de Cumplimiento de Pena, de DESTACAMENTO DE TRABAJO, el cual será cumplido en un Horario de Ocho (08) Horas Diarias, comprendido de: 7:00 AM. A 12m y de 1:00 PM. A 5:00 PM. de Lunes a Sábado. a la Orden de PETRA ROSARIO Titular de la Cedula de Identidad N°-6.956.269, propietario de la Peluquería PETRI, que Funciona en la Calle las Margarita N°-68 Carúpano Estado Sucre , el referido penado deberá cumplir con las siguientes condiciones:
1°.- No incurrir en nuevos delito.-
2°.- Observar en todo momento Buena Conducta.-
3°.- Abstenerse de Conducir Vehículos Automotor.-
4.- Abstenerse de realizar actos que supongan Administración ó
Gestión de negocios, dado en su condición de entredicho por
Condena penal.-
5°.- Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas.-
6°.- Abstenerse de consumir Sustancias Estupefacientes.-
7°.- Cumplir con el Horario de Trabajo y Pernotar en su Centro de
Reclusión.-
8°.- Cumplir con todas y cada una de las condiciones impuestas por
Éste Tribunal, y las indicaciones que ha de imponer el Delegado
De Pruebas, pues el incumpliendo de alguna de ellas, será causa
De la Revocatoria del presente Beneficio.-
Líbrese Oficio al Director del Internado Judicial de esta Ciudad, con Boleta de Traslado a este Tribunal a los efecto de la Imposición del Beneficio para el Día Miércoles 21 de Julio a las 2 PM. al Fiscal Penitenciario, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y Notifíquese a la Defensa.-
El Juez Primero de Ejecución

ABG. JESUS ARMANDO RIVERA
La Secretaria

ABOG. JENNYS MATA H