JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANA, DIECIOCHO (18) DE FEBRERO DE DOS MIL CUATRO (2004).

193º Y 144º

Visto el computo efectuado por la Secretaria de este Juzgado De Los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre y en atención a lo establecido en el Artículo 125 de la Ley de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia el cual establece: En el auto de admisión el Tribunal ordenará notificar al Fiscal General de la República y también al Procurador General de la República, caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida teniendo en cuenta la naturaleza del acto. Cuando lo juzgue procedente, el Tribunal podrá disponer también que se emplace a los interesados mediante un cartel que será publicado en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados dentro de las diez audiencias siguientes a la fecha de publicación de aquél. Un ejemplar del Periódico donde fuere publicado el cartel será consignado por el recurrente dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que alguno de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar del periódico donde hubiere sido publicado el cartel, este Tribunal observa que ha transcurrido más del plazo concedido en dicha norma a los fines de la consignación del cartel por lo que en atención al precepto transcrito se declara el desistimiento del presente procedimiento de Nulidad de Recurso Administrativo.
LA JUEZ PROV.

Abog. NANCY BLANCO MATAMOROS
LA SECRETARIA

MARIA RODRÍGUEZ

NBM/MR/ib.
Exp. No. 04-4411.-
Civil