JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Cumaná, 17 de Febrero de 2.004
193º y 144º

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el Abogado en ejercicio JOSE AZOCAR RAMOS, actuando con el carácter de Apoderado judicial de la Ciudadana YERMI ESTHER ROJAS DE KASDANOUCHE, según consta de autos, habiéndosele dado cuenta del contenido de dicha diligencia a la ciudadana Juez de este Despacho, por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho, éste Tribunal, de conformidad con lo pautado en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente a dicho DESISTIMIENTO, a los fines de Ley.---

Devuélvase el original del Instrumento poder consignado con el Libelo de Demanda, previa su certificación en autos.--------------------------------------------------------------------

LA JUEZ PROVISORIA

ABOG. NANCY BLANCO MATAMOROS

LA SECRETARIA

MARIA RODRÍGUEZ

EXP. No. 03-4315
NBM/arm***
Civil