LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, TRABAJO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 20 de Diciembre del 2.004
194° y 145°
Visto la Transacción suscrita por el ciudadano: LUIS BENJAMIN VARGAS ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.299.168, parte Actora en el presente juicio y debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: PEDRO MARIN MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 489 y el Abogado: ALEX GONZALEZ GARCIA, inscrito en el InpreAbogado bajo el Nro. 22.338, procediendo en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa: “PROPISCA, C.A.”, parte Demandada en el presente juicio; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, TRABAJO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 20 de Diciembre del 2.004
194° y 145°
Visto la Transacción suscrita por el ciudadano: LUIS BENJAMIN VARGAS ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.299.168, parte Actora en el presente juicio y debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: PEDRO MARIN MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 489 y el Abogado: ALEX GONZALEZ GARCIA, inscrito en el InpreAbogado bajo el Nro. 22.338, procediendo en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa: “PROPISCA, C.A.”, parte Demandada en el presente juicio; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito, del Trabajo y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la presente Transacción, e igualmente se Suspende el presente procedimiento hasta dar cumplimiento con la totalidad de lo acordado en la presente Transacción.- Y así se decide.-
El Juez Temp.,
La Secretaria,
Abg. Samer Romhain
T.S.U. Francis Vargas C.
Exp. Nro. 14.503.
SR/Fvc/ajno.
El Juez Temp.,
La Secretaria,
Abg. Samer Romhain
T.S.U. Francis Vargas C.
Exp. Nro. 14.503.
SR/Fvc/ajno.
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