LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Carúpano, 15 de Diciembre de 2.004.
194º y 145º
Vista la diligencia que antecede suscrita por la ciudadana ALLYSON INDIRA HARRY WALLACE, asistida de la Abogada en ejercicio ANAIS MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 4.942, y visto igualmente el contenido de la misma, en el cual la parte demandante desiste del presente juicio, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento suscrito de conformidad con lo dispuesto en el los Artículos 263 del Código de Procedimiento Civil, se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
El Juez Temporal,

Abg. Samer Romhain.
La Secretaria.

T.S.U. Francis Vargas.


SR-rbg.
Exp. N° 14.778.