REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 16 de Diciembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-2003-000009
ASUNTO: RL11-P-2003-000009
Visto el oficio signado con el N ° C.T.C.D.B.U-429-2.004, emanado del Centro de Tratamiento no Institucional de Barcelona Estado Anzoátegui, mediante el cual solicita permiso Extraordinario para el residente ELSA DEL VALLE MALAVE , titular de la Cédula de Identidad N ° 6.923.247. durante los día 27 al 30 del presente mes y año. Ahora bien como quiera que estos permiso no estan facultados especificamente en alguna norma en particular a excepto de lo establecido en los artículo 62 y 63 de la Ley del Régimen penitenciario, no obstante cabe señalar que dicho permiso estan debidamente indicado en caso especiales, por lo cual estos se hace improcedente dado que los Centros de Tratamiento Comunitarios tienen liniamiento interno que los facultan para ser ellos los autorizados para acordar tal licencia, situación esta que se hace improcedente por parte de éste Despacho para acordar el permiso a la residente Elsa Del Valle Malavé. En consecuencia éste Tribunal niega la Autorización de Permiso a la residente Elsa Del Valle Malavé. Líbrese oficio dirigido a Consejo de Evaluación del Centro de Tratamiento Comunitario J.M. Fabian Rubio.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada La Secretaria
Abg. Mary N Villarroel