Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes para decidir observa: Primero: Riela al folio dos (2) acta policial suscrita por los funcionarios actuantes en donde dejan constancia de la aprehensión del adolescente y el cual al ser requisado se le encontró un arma de fuego adherido a su cuerpo tipo revolver calibre 38 . Segundo: al folio seis (6) cursa planilla de remisión N° 1168-04 realizada a los objetos recuperados. Tercero: riela al folio doce (12) cursa experticia de mecánica y diseño de reconocimiento legal N° 247 de fecha 20-12.2004 practicada por los funcionarios Antonio José Urbaneja. Y Jacinto Rodríguez. CUARTO: EL hecho investigado no amerita como sanción la privación de libertad de conformidad con lo previsto en el articulo 628 de la LOPNA, Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, comparte y considera prudente la solicitud tanto del Ministerio Público como por la defensa de que se le imponga al adolescente de autos de las medidas cautelarse sustitutivas establecidas en los literales “B” y “C” del articulo 582 de la LOPNA y así poder cesar la privación, en consecuencia este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescente, declara con lugar la solicitud interpuesta por la Fiscal Sexta del Ministerio Público y somete al adolescente a las medidas antes descritas, es decir queda obligado a someterse al cuidado y vigilancia de la ciudadana Julia Josefina Ruiz , titular de la cedula de identidad N12.275.560 quien estando presente manifestó ser la madre del adolescente y se comprometió al cuido y vigilancia del mismo e informar al tribunal de incumplimiento por parte de este. Igualmente el adolescente queda obligado a presentarse cada 8 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este circuito Judicial Penal. Librese Boleta de Libertad. Y oficios respectivos. Remítase mediante oficio las presentes actuaciones a la Fiscalia Sexta del Ministerio Público. Las partes quedan notificadas con la lectura de la presente acta., Cúmplase.
El Juez Primero de Control,
Abg. Gilberto Figuera
El Imputado
X
La Fiscal
La Defensora Pública,
Abg. Lisbeth Perozo Abg. Beatriz Planez


La Representante del Imputado

Julia Josefina Ruiz

La Secretaria
Abg. María Laura Boada