REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Vista la solicitud de traslado voluntaria, realizada por la ciudadana AURA ELISA ORTIZ CARRILLO, titular de la cédula de identidad número 81.876.960, en nombre de su cónyuge, el penado GABINO ANTONIO VARGAZ JAIMES, para el penal de Santa Ana, en el Estado Táchira, junto con exhorto a un juez de la localidad de San Cristóbal, capital del Estado Táchira; motivado a que toda la familia del condenado reside en San Cristóbal, Estado Táchira, y es por lo que solicita dicho traslado. Este Tribunal observando que la solicitud no es contraria a derecho y en aras de mejorar las condiciones en que se encuentra dicho penado y sus familiares, acuerda oficiar al Director del Internado Judicial de Cumaná para que realice las gestiones necesarias ante el Ministerio del Interior y Justicia, para hacer efectivo el traslado del penado GABINO ANTONIO VARGAZ JAIMES, titular de la cédula de identidad 8.991.640, hasta dicho Centro. Del mismo modo se acuerda exhortar a un juez de San Cristóbal, Estado Táchira para que siga conociendo de la causa seguida contra el penado solicitante, por que podrá decidir sobre todo lo que involucre a dicho penado, tales como traslados, permisos, beneficios o fórmulas alternativas al cumplimiento de pena, incluso la libertad del mismo. Todo con fundamento a lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y ofíciese al Director del Internado Judicial de Cumaná. Es todo. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN PENAL

DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
EL SECRETARIO


ABG. JESÚS MILANO