REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO


Tribunal Penal Segundo de Control
Sección Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Edo. Sucre- Ext. Carúpano

Carúpano, 31 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-003798
ASUNTO: RP11-S-2004-003798

SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Vista la solicitud de Sobreseimiento Definitivo recibida por éste Tribunal en ésta misma fecha, presentado por el Abg. José Antonio Azuaje. en su carácter de Fiscal Sexto (Aux) del Ministerio Público a favor de Omissis conforme a los Artículos 615 Ejusdem de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el 48 ordinal primero y 318 ordinal tercero del Código Orgánico Procesal Penal, adolescente a quien se le inició investigación por la presunta comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, proceso en el cual según el criterio del fiscal ha operado la prescripción de la acción penal.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, ésta juzgadora encuentra procedente y ajustada a derecho y así se decide por cuanto: según se evidencia del acta de investigación de fecha 17/07/01 el presunto delito se cometió en esa misma fecha, por lo que han transcurrido el lapso de Tres (03) años, Un (01) Mes y Catorce (14) días, operando la prescripción de la acción penal de conformidad con el artículo 615 ejusdem de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Ext. Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor del adolescente: Omissis, de conformidad Artículos 615 Ejusdem de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Regístrese y Notifíquese a las partes,
La Juez de Control

La Secretaria

Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Adriana Larrabure