REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 25 de Agosto de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-2003-000049
ASUNTO: RL11-P-2003-000049
Visto el escrito presentado por la Abogada Annia Nuñez, en su carácter de Defensora del ciudadano ALICIO JOSE BOADA, plenamente identificado en actas procesales, mediante el cual solicita de éste Tribunal se oficie al Cuerpo de Investigaciones Cientifica Penales y Criminalistica, así como a la Comandancia de Policia de ésta Ciudad, con el fin de que el referido ciudadano lo saquen de lo que se ha dado a llamar "de Pantalla", o sea, de los Registros Informáticos que llevan los Organos Policiales.
Procedió este Tribunal a la revisión minuciosa del presente asunto penal, lo cual pudo determinar que efectivamente éste Tribunal segundo de Ejecución en fecha 19 de Junio del año 2.003, le concedió el beneficio de Libertad Condicional por un lapso de Ocho (8) Meses, indicandole a demás unas series dde condiciones de estricto cumplimiento por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, pués bien, es de notar que hasta la presente fecha no consta en las actas procesales informe Conductual del referido ciudadano, en su defecto tampo cursa alguna otra actuaciones que determine si cumplió el régimen ante esa Unidad Técnica de Apoyo, en razón de esta circunstancia éste Tribunal no puede conceder el requerimiento de la defensa de oficiar a los orgános policiales, con la finalidad de que lo saquen de lo que se ha dado a llamar de pantalla", o sea de los Registros Informatico,a demás una vez recibido la información del último Informe Conductual, de parte de la Unidad Técnica, le corresponde a este ciudadano cumplir con las accesorias de Ley, las cuales fueron impuesta en la sentencia y una vez cumplida las mismas se procederá con su requerimiento. Notifiquése a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada
La Secretaria
Abg. Yennis Mata.