REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
T .Penal de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 2 de Agosto de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-1999-000421
ASUNTO: RL11-P-1999-000421
AUTO DE ACORDANDO LA LIBERTAD PLENA.
Por cuanto de las actas procesales se desprende que en el prsente asunto penal seguido al ciudadano CESAR ROSAL SUBERO, plenamente identificado en actas procesales a quien se le sigue causa por la comisión del delito de Ocultamiento de Estupefaciente, quien fuera condenado a cumplir una pena de Diez (10) AÑOS DE PRISION, lo cual se desprende del Auto de Ejecución de Sentencia dictado por éste Tribunal en fecha 19 de Febrero del año 2.001 que el mismo se encuentra detenido desde el día 21-04-1997, hasta la fecha de dictado dicho auto hacen un total de TRES (3) AÑOS NUEVE (9) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, sumandose a tales efecto la redención correspondiente de fecha 23-12-99, lo cual da un total de CINCO (5) AÑOS NUEVE (9) MESES Y CUATRO (4) DÍAS, faltandole por cumplir CUATRO (4) AÑOS DOS (2) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS, señalandose en dicho auto categoricamente que la pena total la cumplirá el día 15-05-2004, no obstante cabe señalar que a los efectos no se indicaron las acceorias, por lo que a los efectos dicho ciudadano ha cumplido la totalidad de la pena impuesta por lo que éste Tribunal segundo de ejecución del Circuito JUidicial penal acuerda la libretda plena.
Por todos los razonamientos anteriomente expuestos este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Decreta la Libertad Plena del ciudadano CESAR JOSE ROSAL SUBERO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° 13.730.146, en consecuencia notifiquese para que coparezca el día 12-08-2004, a las 2:00.pm. para imponerlo dedicha decisión, asi mismo se acuerda notificar a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada
La Secretaria
Abg. Yennis Mata.