REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo. Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 19 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-1999-000397
ASUNTO: RL11-P-1999-000397


AUTO DE ACORDANDO LA LIBERTAD PLENA

Por cuanto de la revisión minuciosa del presente asunto penal se desprende que el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal (Hoy Extinto), dictó auto en fecha 04 de Junio del año 1.999, mediante el cual señala que el penado JOSE RAMON MARTINEZ DIAZ, fuero sentenciado a cumplir la pena de UN (1) AÑO ONCE (11) MESES CATORCE (14) DÍAS Y DIEZ Y SEIS (16) HORAS DE PRISION, por la Comisión del delito de ACTO CARNAL AGRAVADO , en perjuicio de los ciudadanos MARIA ZABALA Y MARIA FERMIN, indicándose en dicho auto que lel referido penado ha cumplido las tres cuarta parte de la pena es decir que cumplió 1 Año Cinco Meses y Veintinueve Días, y que para los efectos le falta por cumplir CINCO (5) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, lo cual ese Tribunal lo conmuto en CONFINAMIENTO, a cumplirlo en la Ciudad de San Felix, Estado Bolívar , pues bien, de tal modo que a los efectos se dió cumplimiento con las formalidades de ley y por ende la libertad plena , y por cuanto es evidente que a los efectos de la pena impuesta se ha cumplido la totalidad de la misma, por lo que es procedente acordar la Libertad Plena del ciudadano JOSE RAMON MARTINEZ , se acuerda notificarlo a los fines de que comparezcan a objeto de imponer de la decisión, y una vez impuesto ordenar el archivo del presente asunto penal.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda DECRETAR LA LIBERTAD PLENA, del ciudadano JOSE RAMON MARTINEZ DIAZ , quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N ° 6.959.20, en consecuencia notifíquese a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.

Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada

La Secretaria

Abg. Jenny Mata.