REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL


Carúpano, 11 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000165
ASUNTO: RP11-P-2004-000165


SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SPERTURA A JUICIO

Este Tribunal, Tercero de Control, Administrando Jusiticia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, despues de haber oído lo manifestado por las partes y haber revisado minuciosamente las actas que conforman la presente causa , considera procedente:Admitir totalmente la acusación fiscal, así como las pruebas ofrecidas por la Representación Fiscal y la defensa en contra del acusado, ISCAR JOSE SALAZAR, plenamente identificado en actas, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad . En consecuencia se acuerda la apertuda del Juicio Oral y Público, se convoca a las partes para que en un plazo común de cinco días concurran ante el juez de juicio, se insta a la secretaria a remitir las actuaciones a la fase de juicio en la oportunidad correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinales 2do. y 9nvo. y artículo 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda librar las copias solicitadas. En lo que respecta a la solicitud de sobreseimiento de la causa al acusado por no podérsele atribuir el hecho objeto del proceso, este Tribunal niega tal solicitud por considerar que si existen elementos en el presente asunto que compromenta sus responsabilidad penal, en lo relativo a la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada, el Tribunal niega la misma, por considerar que se mantienen los elementos en que se funóo su privación de libertad, tal como lo establece el artículo 250 en sus ordinales 1ero., 2do. y 3ero. del Código Orgánico Procesal Penal.
La Juez Tercero de Control

Abg. Yaunis Villegas Verde
La secretaria


Abg. Paola D´Biceglilie