REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 24 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-S-2001-000228
ASUNTO: RJ11-S-2001-000228


Concluida la audiencia especial convocada a los fines de constatar el cumplimiento del regimen de pruebas,Verificado como ha sido en el Libro de presentaciones respectivas, el cumplimiento del regimen de presentaciones impuestas al Imputado Cosme Bladimir Ochoa. Este Tribunal, como quiera que esta fué la unica condición que le fuera impuesta con ocación a la Medida de Suspensión Condicional del Proceso que le fuera Otorgada el 26 de Noviembre del año 2002; Este tribunal Tribunal de Conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la extinción de la Acción Penal seguida en su contra y consecuencialmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 en relación con el artículo 318 ordinal 3° ambos del referido Código, Decreta el Sobreseimiento de la Causa.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, seguida al ciudadano Cosme Bladimir Ochoa Arcia, Venezolano, mayor de edad, natural de El Pilar Municipio Benitez de este Estado, nacido el 06-05-79, titular de la Cédula de Identidad N° 14.856.254 y con domicilio en la Calle Nueva Estrella, Casa s/n de el Pilar- Municipio Benitez del Estado Sucre. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencias, remitase el presente Asunto en su oportunidad legal, al Tribunal de Ejecución Competente.
El Juez Primero de Control

Abg. Luis Mariano Marsella



La Secretaria Abg. Nereida Estaba García