REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

ASUNTO : RP01-S-2004-004885

Visto el escrito presentado por el Dr. JOSÉ GAMARDO ESPIN, actuando con el caracter de defensor privado del adolescente C G M, ampliamente identificado en autos, mediante el cual hace del conocimiento a este Tribunal, de que los ciudadanos que fungen como fiadores del mencionado adolescente le es imposible presentar la declaración de impuesto sobre la renta, requisito indispensable exigido por este Tribunal a los fines de que se pueda constituir la fianza respectiva y por ende materializarse las libertad del adolescente , este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Adoelescente Desestima los fiadores presentados por la defensa del adolescente imputado, en virtud de que los mismos no llenan los extremos exigidos por este Tribunal para poder materializarse la fianza acordada por este Despacho, por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control, Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a las facultades conferidas en el artículo 555 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara SIN LUGAR la solicitud formulada por la defensa privada del adolescente , en consecuencia, queda la defensa en libertad de presentar nuevos fiadores en la presente causa , requiriendose que los mismos cumplan cabalmente los requisitos establecidos por este Tribunal. Notifiquese a las partes. Cumplase.
El Juez Primero de Control
Abg. Gilberto Figuera
El Secretario
Abg. Jorge Abou