REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000139
ASUNTO : RP01-P-2004-000139


Vista la solicitud presentada por el Ciudadano WILIAN ANTONIO ALFONZO, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.275.723, quien es Victima en una causa que sigue la Fiscalia Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Signada con el N° 19-F7-1C-790-04, nomenclatura interna del Tribunal RP01-P-2004-0139 seguida contra el hoy Acusado GABRIEL ANTONIO RODRIGUEZ MARTINEZ, por el delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, a quien se le acordó Protección por solicitud presentada por ante este Despacho por la Fiscal Superior del Ministerio Público (encargada) Dra. IVONNE PISTONI SERVELLON, señalando que la victima ha sido objeto de amenazas por parte del Abogado ANTONIO MORALES y de los familiares del imputado GABRIEL ANTONIO RODRIGUEZ MARTINEZ y considerando este Tribunal que existe un inminente peligro para la victima, es por lo que se acordó la Custodia Policial Permanente en la casa de la victima, ubicada en Sabilar frente al bar “El Campar”, casa N° 57 Parroquia Altagracia de esta Ciudad de Cumaná, teniendo la misma una duración de treinta días y el cual podrá prorrogado en caso necesidad y a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido se oficio al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA REGIONAL DEL ESTADO SUCRE, a fin de solicitarle la designación de los funcionarios que deban cumplir con el mandato de protección a la victima.. Pero es el caso que la victima solicita LE SEA RETIRADA LA CUSTODIA POLICIAL QUE HASTA AHORA SE HA MANTENIDO EN SU RESIDENCIA, EN VIRTUD DE QUE LA VIVIENDA NO CUENTA CON UN SITIO ADECUADO PARA LA PERMANENCIA DE UN POLICÍA, SOLICITANDO QUE SE CAMBIE POR RECORRIDOS POLICIALES PERMANENTES. Ofíciese al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA REGIONAL DEL ESTADO SUCRE, y al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole el cambio de medida de protección solicitado por la victima Cúmplase.
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS

LA SECRETARIA
MILAGROS SALAZAR